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Código Deontológico como requisito para ser considerado "Profesional"

Un PROFESIONAL DOCENTE necesita cubrir las siguientes características:

  1. Delimitación de un ámbito propio de actuación. (La Escuela)

  2. Preparación específica. (Conocimientos didáctico-pedagógicos)

  3. Compromiso de actualización. (No desfasar sus conocimientos y prácticas de lo que requiere la época y circunstancia en que se vive)

  4. Unos ciertos derechos sociales. (Desde pago por su labor hasta reconocimiento) 

  5. Autonomía en la acción. (Libertad de cátedra total o, cuando menos, parcial)

  6. Compromiso Deontológico.

Cuando alguien se titula como profesor se le hace "Toma de protesta" para que exprese  su compromiso moral con el oficio de enseñante; después de eso, para laborar en la enseñanza, si se coloca en la inicativa privada deberá cubrir los requisitos de perfil que el empleador le exija pero; si aspira a un empleo federal, deberá cubrir lo que solicita la Unidad del Sistema para la Carrera de los Maestros y las Maestras (USICAMM) que publica los Perfiles, Criterios e Indicadores para Docentes, Técnicos Docentes, y Personal con funciones de Dirección y Supervisión para cada ciclo lectivo.

¿Dónde quedan la Ética, los Valores Morales, los Compromisos del docente?

¿Se cubren con la Vocación Profesional y/o con el Eros Pedagógico que tienen, o deben tener, TODOS los que se dedican a la enseñanza?

Es un tanto discutible por muchos factores que no son  parte de esta publicación; por ello, solamente me remito a informar que, en varios países, hay más atención al rubro de valores para lo cual se utiliza la Deontología como sustento.

Un ejemplo específico está en España donde, en 2010, se aprobó el Código Deontológico como propuesta para que los enseñantes tuvieran parámetros a cumplir: Con sus alumnos, con las familias y los tutores de sus alumnos, con la institución donde laboran, con sus compañeros, con su profesión y en relación con la sociedad.

 

Fue el: 

Código Deontológico de la Profesión Docente aprobado por el Pleno del Consejo General de Colegios Oficiales de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias el 6 de noviembre de 2010.

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Aunque es cierto que no tiene vigencia legal para obligar a que todos los docentes lo respeten, sí es un referente que mueve a considerar MÁS PROFESIONAL a quienes lo tomen en cuenta para sus actividades.

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¿Reconocer Dignidad?

 

Lo mejor es construirla uno mismo para no esperar que reconozcan algo cuando no se tiene o no se manifiesta con hechos; por eso propongo se tome en cuenta el contenido del Código Deontológico en comento para analizar si funcionaría, o no, en la construcción de la dignidad magisterial.

A continuación ofrezco un video sobre el Código Deontológico Español para que haya debate sobre estos puntos:

  • ¿Vale la pena considerar Compromisos Deontológicos?

  • ¿Esos Compromisos Deontológicos son adecuados para los docentes mexicanos?

  • ¿Necesitan ser tomados en cuenta legalmente como requisitos para contratar a un docente?

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Vínculo para el video:

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https://youtu.be/FDAl-8yHzyc

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Les invito a la reflexión,al debate y al intercambio de ideas utilizando el chat y/o el recuadro de comentarios.

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